domingo, 1 de noviembre de 2015

! El Ecumenismo segunda parte.!

3.
El Ecumenismo a la luz de estos principios
a. Conocimiento entre los cristianos
El Decr. señala algunas implicaciones de sus afirmaciones dogmáticas cuando se refiere, por ejemplo, a "los esfuerzos para eliminar palabras, juicios y acciones que no respondan, según la justicia y la verdad, a la condición de los hermanos separados, y que, por lo mismo, hacen más difíciles las relaciones mutuas con ellos" (UR 4/b). Juan Pablo II señala aquí que los cristianos no deben minusvalorar "el peso de las incomprensiones ancestrales que han heredado del pasado, de losmalentendidos y prejuicios de los unos contra los otros. No pocas veces, además, la inercia, la indiferencia y un insuficiente conocimiento recíproco agravan estas situaciones" (US 2). Juan Pablo II ha querido contribuir p. ej., al conocimiento por parte de "los hijos de la Iglesia Católica de tradición latina" de la tradición oriental, con la Carta Orientale lumen (1995) sobre la riqueza litúrgica y espiritual del Oriente cristiano, y con la Enc. Slavorum apostoli (1985) y otros gestos importantes.
b. Diálogo especializado
El Concilio alude a las "reuniones de los cristianos de diversas Iglesias o Comunidades organizadas con espíritu religioso, el diálogo entablado entre peritos bien preparados, en el que cada uno explica con mayor profundidad la doctrina de su Comunión y presenta con claridad sus características" (UR 4/b). La finalidad de este diálogo viene descrito así: "Por medio de este diálogo, todos adquieren un conocimiento más auténtico y un aprecio más justo de la doctrina y de la vida de cada Comunión; (...) Finalmente todos examinan su fidelidad a la voluntad de Cristo sobre la Iglesia y, como es debido, emprenden animosamente la tarea de la renovación y de la reforma" (ibid.).
Las consecuencias de este diálogo son: la búsqueda del entendimiento, superando posibles equívocos fraguados en la historia; la percepción exacta de las divergencias, y de si realmente afectan a la fe o a la legítima diversidad en su explicación; la confrontación fiel con la voluntad de Cristo para su Iglesia, etc. "El diálogo ecuménico, -dice Juan Pablo II- que anima a las partes implicadas a interrogarse, comprenderse y explicarse recíprocamente, permite descubrimientos inesperados. Las polémicas y controversias intolerantes han transformado en afirmaciones incompatibles lo que de hecho era el resultado de dos intentos de escrutar la misma realidad, aunque desde dos perspectivas diversas. Es necesario hoy encontrar la fórmula que, expresando la realidad en su integridad, permita superar lecturas parciales y eliminar falsas interpretaciones" (US 38). El Papa abunda en este sentido positivo del diálogo: "Dialogando con franqueza, las Comunidades se ayudan a mirarse mutuamente unas a otras a la luz de la Tradición apostólica. Esto las lleva a preguntarse si verdaderamente expresan de manera adecuada todo lo que el Espíritu ha transmitido por medio de los Apóstoles" (US 16).
c. Integridad en la exposición de la fe católica
El Decreto considera la exposición íntegra de la fe católica como una condición para el diálogo respetuoso y sincero: "Es de todo punto necesario que se exponga claramente la doctrina. Nada es tan ajeno al ecumenismo como ese falso irenismo, que daña a la pureza de la doctrina católica y oscurece su genuino y definido sentido" (UR 11).
Pero, a la vez, el modo de exponer la doctrina ("que debe distinguirse con sumo cuidado del depósito mismo de la fe", UR 6) no debe provocar dificultades innecesarias: "La manera y el sistema de exponer la fe católica no debe convertirse, en modo alguno, en obstáculo para el diálogo con los hermanos" y, en sentido positivo: "la fe católica hay que exponerla con mayor profundidad y con mayor exactitud, con una forma y un lenguaje que la haga realmente comprensible a los hermanos separados" (UR 11).
d. La "jerarquía de verdades"
El Decr. habla en ese contexto de la "jerarquía de verdades" en la articulación de la fe cristiana: "en el diálogo ecuménico, los teólogos católicos, afianzados en la doctrina de la Iglesia, al investigar con los hermanos separados sobre los divinos misterios, deben proceder con amor a la verdad, con caridad y con humildad. Al comparar las doctrinas, recuerden que existe un orden o 'jerarquía" en las verdades de la doctrina católica, ya que es diverso el enlace (nexus) de tales verdades con el fundamento de la fe cristiana" (UR 11; US 37).
No se trata de que unas verdades sean "más verdaderas" que otras, o que existan verdades fundamentales de la fe, y otras "secundarias", sino que en la exposición de la fe ha de tenerse en cuenta que los aspectos particulares están orgánicamente vinculados ("nexus mysteriorum": cfr. Conc. Vaticano I) con los núcleos de la fe: por ej., las afirmaciones sobre santa María se comprenden desde su condición de Madre de Jesucristo, Dios y hombre verdadero; el misterio de la Iglesia se entiende desde las misiones del Hijo y del Espíritu Santo; etc. La exposición de la fe aspira a mostrar, además, la armonía y proporciones debidas de cada aspecto dentro del conjunto del Misterio. Así, por seguir con el ejemplo, sería una visión deformada de la fe una exposición sobre la Iglesia centrada casi exclusivamente en la jerarquía, etc.
e. La Iglesia Católica y las escisiones
El Concilio dice que las rupturas de la unidad también afectan -de otra manera: no a su esseconstitutivo- a la Iglesia Católica: "las divisiones de los cristianos impiden que la Iglesia realice la plenitud de catolicidad que le es propia en aquellos hijos que, incorporados a ella ciertamente por el bautismo, están, sin embargo, separados de su plena comunión. Incluso le resulta bastante más difícil a la misma Iglesia expresar la plenitud de la catolicidad bajo todos los aspectos en la realidad de la vida" (UR 4). La ruptura de la unidad -abunda la Carta Communionis notio-, "comporta también para la Iglesia Católica, (&), una herida en cuanto obstáculo para la realización plena de su universalidad en la historia" (n. 17).
Si "catolicidad" es la capacidad de la fe y de la Iglesia de asumir la legítima diversidad humana, y encarnarse en la variedad de naciones y culturas, entonces las rupturas impiden la "expresión histórica" de esa capacidad. Juan Pablo II gusta de repetir, por ej., que la Iglesia tiene que respirar "con los dos pulmones", en referencia al Oriente y Occidente cristianos. En otro sentido, el cristiano no católico, debería encontrar y vivir en la Iglesia Católica lo verdaderamente evangélico que haya en su comunidad; la Iglesia ha de acoger todo aquello que, en consonancia con el Evangelio y la disposición del Señor, pertenece a su "catolicidad".
f. La reconciliación en la plena comunión católica
El "trabajo de preparación y reconciliación de todos aquellos que desean la plena comunión católica" se distingue de la actividad ecuménica. En efecto, "se diferencia por su naturaleza de la labor ecuménica; no hay, sin embargo, oposición alguna, puesto que ambas proceden del admirable designio de Dios" (UR 4). Se mueven en órdenes diversos. El Ecumenismo se dirige a las Comunidades como tales, y busca la perfecta unión institucional: su fin es "el restablecimiento de la plena unidad visible de todos los bautizados" (US 77). La tarea de "preparación y reconciliación en la plena comunión católica" afecta a la conciencia individual y a la libertad religiosa. Tal proceso responde también al designio divino, y es obra del Espíritu Santo. Es una grave deformación del ecumenismo despreciar o evitar las conversiones individuales, por estimarlas contrarias a la obra ecuménica; y, a la vez, el ecumenismo no es una táctica para conseguir conversiones con mayor facilidad. Ambas tareas son distintas.
Para la recepción en la Iglesia Católica de un bautizado válidamente existe una fórmula específica en el Ritual de la Iniciación cristiana de Adultos.
III. Condiciones para el ecumenismo
Tras exponer los principios dogmáticos, UR 4 enumera algunas condiciones espirituales y pastorales del ecumenismo.
1. La renovación institucional. "(los fieles católicos) deben examinar con sinceridad lo que hay que renovar y hacer en la misma Familia Católica para que su vida dé un testimonio más fiel y patente de la doctrina e instituciones recibidas de Cristo a través de los Apóstoles".
2. La santidad personal. "Aunque la Iglesia Católica posea toda la verdad revelada por Dios y todos los medios de gracia, sus fieles no viven de estos bienes con el fervor que corresponde, de modo que el rostro de la Iglesia tiene menos esplendor a los ojos de los hermanos separados... Por esta razón, todos los católicos deben tender hacia la perfección cristiana, y cada uno, según su condición, contribuir con su esfuerzo a que la Iglesia... se purifique y renueve cada día".
3. La unidad y diversidad. "En la Iglesia, si se guarda la unidad en lo necesario, todos conservarán la debida libertad, correspondiente al cometido confiado a cada uno, tanto en las diversas formas de la vida espiritual y de la disciplina como en la diversidad de los ritos litúrgicos e, incluso, en la elaboración teológica de la verdad revelada; y guardarán en todo la caridad. Obrando de este modo, manifestarán cada día con mayor plenitud la verdadera catolicidad y apostolicidad de la Iglesia".
4. La admiración. "Es necesario que los católicos reconozcan y aprecien con alegría los bienes auténticamente cristianos, procedentes del patrimonio común, que se encuentren en poder de los hermanos separados...: debemos admirar a Dios en sus obras. Y no puede pasarse por alto que todo cuanto realiza la gracia del Espíritu Santo en los hermanos separados puede contribuir a nuestra edificación".
IV. La práctica del ecumenismo
1. Renovación de la Iglesia y ecumenismo espiritual.- Según el Decreto (nn. 7 y 8) es necesaria la renovación en la Iglesia que "consiste esencialmente en un aumento de la fidelidad de la Iglesia a su propia vocación" (n. 6). Además, "no se da verdadero ecumenismo sin conversión interior. Los anhelos de unidad nacen y maduran a partir de la renovación espiritual, de la abnegación de sí mismo y de la efusión generosa de la caridad. Recuerden todos los fieles católicos que contribuirán -más aún, realizarán- tanto más la unión de los cristianos cuanto más se esfuercen en llevar una vida más pura con arreglo al Evangelio" (n. 7). En el 8 se trata de la oración común de los católicos con los demás cristianos: "La conversión interior y la santidad de vida junto con la oración privada y pública por la unión de los cristianos deben considerarse como el alma de todo el movimiento ecuménico".
2. Formación ecuménica, mutuo conocimiento y colaboración entre cristianos.- El n. 10 del Decreto afirma que la Teología y la Catequesis han de estar orientadas por auténtico espíritu ecuménico. Sobre este aspecto el Cons. Pont. para la Unidad de los Cristianos ha publicado un importante documento para la formación teológica: "La dimensión ecuménica en la formación de quienes trabajan en el ministerio pastoral" (1995).
En la tarea del mutuo conocimiento el Concilio señala dos formas: el estudio "de la doctrina y de la historia, de la vida espiritual y cultural, de la psicología religiosa y de la cultura propia de los hermanos separados" (n. 9); y el diálogo entre teólogos "a condición de que quienes participan en él bajo la vigilancia de los obispos sean realmente peritos" (n. 9).
La colaboración con los demás cristianos es la acción conjunta en el campo del testimonio ante el mundo de los vínculos que ya unen a pesar de las separaciones. Además, "con esta colaboración, todos los que creen en Cristo pueden aprender fácilmente a conocerse mejor y a apreciarse más unos a otros y a preparar el camino que conduce a la unidad de los cristianos" (n. 12).
3. La communicatio in sacris.- Se trata de un tema que no puede exponerse aquí con detalle. Recordemos sólo los principios que establece el Decreto n. 8: "En ciertas circunstancias especiales, como sucede cuando se ordenan oraciones 'por la unidad', y en las asambleas ecumenistas es lícito, más aún, es de desear que los católicos se unan en la oración con los hermanos separados". Asunto distinto es la comunicatio in sacris sacramental: "no es lícito considerar la comunicación en las funciones sagradas como medio que pueda usarse indiscriminadamente para restablecer la unidad de los cristianos. Esta comunicación depende, sobre todo, de dos principios: de la significación de la unidad de la Iglesia y de la participación en los medios de la gracia. La significación de la unidad prohíbe de ordinario la comunicación. La consecución de la gracia algunas veces la recomienda".
Estos dos principios están concretados en lo relativo a los sacramentos de la Penitencia, Eucaristía y Unción de los enfermos en el Código de Derecho Canónico, c. 844, y en el "Directorio para la aplicación de principios y normas sobre el Ecumenismo" (1993). También se trata en este documento de las normas relativas a la celebración de los matrimonios mixtos.
V. Declaraciones conjuntas de la Iglesia católica y otras Iglesias y confesiones cristianas
Tras la clausura del Conc. Vaticano II se constituyeron Comisiones oficiales de diálogo teológico entre la Iglesia Católica y otras Iglesias (Iglesias Ortodoxas, Comunión Anglicana, Federación Luterana Mundial, Alianza Reformada Mundial, etc.). Los documentos redactados por las Comisiones están publicados en las lenguas más importantes(1). Estas Comisiones suelen establecer una agenda de temas doctrinales, sobre los que tratan posteriormente, y así llegan a unos acuerdos que remiten a las respectivas autoridades para su eventual aprobación, con la que alcanzan autoridad eclesial.
Esa aprobación ha sucedido hasta el momento -en el caso de los diálogos de la Iglesia Católica- sólo con un documento. Se trata de la "Declaración común sobre la doctrina de la justificación por la fe", firmada el 31 de octubre de 1999 por la Federación Luterana Mundial y la Iglesia Católica en la ciudad de Augsburg. Declara que esa doctrina contenida en esa Declaración común no cae bajo las condenas doctrinales de las Confesiones de fe luteranas ni del Concilio de Trento, que se mantienen vigentes para el tenor de las doctrinas condenadas(2).
Otros documentos firmados por las autoridades eclesiales son algunas Declaraciones cristológicas con las Antiguas Iglesias Orientales (las llamadas "precalcedonianas"). Como se sabe, estas Iglesias se separaron con motivo de la doctrina cristológica de los Concilios de Efeso (Iglesia asiria del Oriente) y de Calcedonia (coptos, antioquenos, armenios, etíopes). Con la Iglesia copta-ortodoxa existe la "Declaración común" de Pablo VI y Shenuda III (1973), y la "Fórmula Cristológica común" (1988). Con la Iglesia siria ortodoxa, la "Declaración común" de Pablo VI y Mar Ignacio Jacobo III (1971), y la "Declaración cristológica común" de Juan Pablo II y Mar Ignatius Zakka I Iwas (1984). Con la Iglesia armenia apostólica., la "Declaración común" de Juan Pablo II y Karekine I (1996). En fin, con la Iglesia asiria de oriente, la "Declaración cristológica común" de Juan Pablo II y Mar Dinkha IV (1994)

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